
DASPU NO RESPETA EL RESULTADO ELECTORAL. EL CONSEJO DIRECTIVO DE DASPU impide que el representante elegido por una apabullante mayoría de los jubilados ejerza su cargo en la comisión fiscalizadora. El Abogado, Magister en Administración Pública (IIFAP-FCS-UNC) Rafael Ortiz, fue electo como miembro de la Comisión Fiscalizadora. El falaz argumento de la conducción de DASPU es que debería renunciar a su jubilación provincial para cobrar la remuneración que establece el estatuto de la obra social en su artículo 19. El resultado del amparo presentado ante la Administración de justicia, y resuelto conforme a leyes nacionales y provinciales por el Juez Sanchez Freytes, resuelve que la renuncia a cobrar de la remuneración de la OSU es suficiente para salvar lo que establecen las leyes que impiden cobrar los dos sueldos. Increíblemente la conducción de DASPU rechazó esta decisión legal dos veces, con la excusa que el reglamento no lo establece. Es necesario aclarar que el estatuto tampoco establece esta situación como causal de separación de su cargo a un representante electo y que sea una excusa para que Consejo Directivo exija su renuncia. Es imprescindible que la DASPU funcione con todos los miembros elegidos en un acto democrático que transcurrió sin ninguna observación de la junta electoral ni denuncia interpuesta. ¿Tienen miedo a que la Comisión Fiscalizadora cumpla con el contralor previsto ante la presencia de una mirada objetiva? Enviado desde mi iPhone
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Marta Hallak